Antes de comprar el vehículo a un particular , habría que examinar en la medida de lo posible su estado de conservación, ya que en estos casos no existe garantía del producto , sino una responsabilidad del vendedor por defectos ocultos que puedan surgir durante el plazo de seis meses a contar desde la venta del vehículo . Si conviene , tome fotos y compruebe que el cuentakilómetros es coherente con lo que marca la tarjeta de la ITV que le facilitarán .
Una vez está seguro de que quiere comprar el coche , debe firmar un contrato privado . Es importante que en este contrato se haga constar de forma clara el día y la hora de la compra , para que quede claro quién tiene la responsabilidad en caso de que llegue una multa de tráfico . También haréis constar los datos completos del comprador y del vendedor ; los datos del vehículo como la marca , el modelo , el color , la matrícula y el número de bastidor ; y finalmente , el importe de la compraventa .
Este documento lo firmará por duplicado y cada parte con una copia . Además , es necesario que el vendedor le facilite una fotocopia de su DNI , la documentación original de la tarjeta de la ITV , del permiso de circulación y del último recibo del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica .
Por último hay que rellenar y firmar conjuntamente la solicitud de cambio de titularidad del vehículo ( este documento se encuentra en la web de la Dirección General de Tráfico ) .
Ahora ya sólo os queda liquidar y pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales ( modelo 620 de la Agencia Tributaria de Cataluña ) . Este trámite lo puede hacer usted mismo en cualquier oficina liquidadora o bien por Internet .
Cuando haya pagado el impuesto deberá dirigirse a la delegación de la DGT que le quede más cerca y hacer efectivo el cambio de nombre , contra el pago de la tasa correspondiente .