Cualquier persona es libre de regalar sus bienes a quien quiera, ya sea dándolos en vida o bien estableciendo legados en beneficio de algún heredero concreto o de terceros ajenos. Ahora bien, esta decisión tiene un límite, y es que todo descendiente o ascendiente del difunto tiene derecho, como mínimo, a obtener la legítima, según el orden que establece la ley.
Lo que ocurre en alguna ocasión es que el difunto no deja nada en herencia a alguno de sus herederos legitimarios y, aunque tiene derecho a reclamar la legítima, resulta que como el difunto lo repartió todo en vida en forma de donaciones y el resto lo repartió en el testamento en forma de legados a terceros, no hay ningún remanente que sirva para satisfacer su legítima.
Pues bien, si te encuentras en esta situación, que sepas que igualmente tienes la posibilidad de reclamar tu legítima contra los beneficiarios de estas donaciones y legatarios y forzarlos a que te paguen el importe de la legítima que te corresponde con cargo a los bienes que recibieron gratuitamente.
Y recuerda, si este es tu caso, contacta rápidamente con el Bufet Molina Bosch para que no prescriban ni caduquen tus derechos sobre la herencia!