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Atención a los documentos

03/01/2014
En los procedimientos de separación o divorcio ha pasado, y pasa, de que alguna de las partes, aprovechando que la otra no está en casa, busca entre los documentos de este alguno que le pueda significar alguna ventaja en el procedimiento a fin de conseguir, por ejemplo, la atribución de la guarda y custodia del hijo o la hija comunes, o una pensión más elevada. 
 
Pasa, por ejemplo, que una de las partes presenta en el procedimiento judicial de separación o divorcio un informe médico del otro, en el que consta que padece una enfermedad que puede presentarse en juicio como un inconveniente para cuidar al hijo o la hija comunes. Bueno, pues esta práctica de presentar un documento de este tipo en un procedimiento judicial está sancionada por el código penal ya que significa la comisión de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, que está castigado con una pena de prisión de uno a cuatro años. 
 
Y aún peor, si el documento que se presenta descubre aspectos relacionados con la ideología, la religión, las creencias, la salud, el origen racial o vida sexual del otro, la pena es de dos años y seis meses a cuatro años de prisión. En consecuencia, desde el Bufete Molina Bosch recomendamos que no se presenten en juicio este tipo de documentos ya que pueden significar la condena a una pena de prisión de quien lo presenta e, incluso, del abogado o abogada de la parte que lo presenta.
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