Si no ha pagado un inmueble de segunda mano como si compra sobre plano, es importante asegurarse de que el dinero que entregue en concepto de arras o pagos a cuenta del precio final servirán para formalizar la compra-venta o, cuando menos, que os los devolverán si finalmente no se puede realizar la operación.
En el caso de que compre de segunda mano, podría ser suficiente que introdujese una cláusula en el contrato de arras con la que prevé que podrá recuperar las arras si finalmente no puede comprar porque no te conceden el préstamo hipotecario, en su caso.
Ahora bien, si compra sobre plano, también debe asegurarse de que recuperará el dinero si la empresa constructora quiebra.
En este caso, el Bufete Molina Bosch recuerda que es obligatorio que la constructora le avale las cantidades que entregue a cuenta, y eso no lo hacen siempre ni todas. De esta manera, si exija que las avalen ya media obra la constructora entrara en concurso de acreedores, perderían la opción a comprar el piso pero recuperaríamos inmediatamente las cantidades entregadas presentando el aval al banco.
Esta medida también la podría exigir al propietario que le vende de segunda mano, pero como la vivienda ya existe y está terminado, si el propietario no cumple puede forzar judicialmente a vender o tratar de embargar el inmueble para recuperar las cantidades que hubiera entregado.