Tienes estabilidad en tu puesto de trabajo pero te han ofrecido un trabajo en otro lugar que te llama mucho la atención y te gustaría probarlo. Lo que pasa es que sufres porque si no pasas el periodo de prueba, quizás no tendrás opción a recuperar tu antiguo trabajo.
Desde el Bufet Molina Bosch os planteamos una alternativa: la excedencia voluntaria. La puedes solicitar siempre y cuando tengas una antiguedad mínima de un año y no hayas pedido otra en los últimos cuatro años. Durante el periodo de excedencia no cobrarás el salario pero puedes dedicarte a cualquier actividad remunerada.
La empresa no te puede negar este derecho y te tiene que reservar forzosamente el derecho a reincorporarte cuando lo solicites, siempre y cuando haya una vacante libre. Si no hay ninguna cuando lo solicites, la empresa deberá avisarte tan pronto como haya una. Si no lo hace, puedes reclamar que te reincorporen y, además, que te paguen los salarios desde que se produjo la vacante.
Como el período de excedencia debe ser por un mínimo de cuatro meses y hasta un máximo de cinco años, podría pedirla para probar el nuevo trabajo y, si no funciona, pedir que te reincorporen a la anterior empresa.
Ahora bien, procura que en el nuevo trabajo no te despidan en el periodo de prueba porque si en el anterior trabajo aún no hay vacante disponible, mientras esperas no tendrías derecho a cobrar el paro.