Os puede pasar que compréis un vehículo de segunda mano a un concesionario o a un particular y luego os enteréis de que está embargado por alguna deuda del vendedor.
Para evitar esto, desde el Bufet Molina Bosch os recomendamos que antes de comprar un vehículo de segunda mano, pidáis siempre una nota simple del vehículo en el Registro de Bienes Muebles. Para hacerlo necesitaréis aportar la matrícula del vehículo.
Si en esta nota aparecen embargos, os recomendamos que no compréis el vehículo o que no lo hagáis hasta que el vendedor regularice esta situación. En cambio, si no aparecen podéis estar tranquilos y comprar con total seguridad.
También os podría ocurrir que la Seguridad Social o la Agencia Tributaria embargara el vehículo después de que lo hayáis comprado, por una deuda del anterior propietario. Esto ocurre porque estos organismos a menudo desconfían de aquellos que venden sus bienes cuando tienen deudas, y los embargan igualmente aunque estén correctamente inscritos a favor de otra persona.
Esta situación se puede solucionar, pero es necesario que un abogado os asesore correctamente para hacerlo de forma rápida y eficaz. Guardad todos los documentos referentes a la compra del vehículo, los seguros, las facturas de reparación así como cualquier otro documento que pueda justificar que el coche es vuestro.